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// On :miércoles, 27 de noviembre de 2013

SI ESTAS POR EL G I F YA CADUCO
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El seguro de accidentes es aquel que ofrece cobertura tanto económica como sanitaria en el caso de sufrir algún tipo de siniestro tanto en el ámbito del trabajo como en la vida privada del asegurado.

Este tipo de seguros es generalmente muy recomendado tanto a trabajadores freelance como autónomos  ya que ofrece la seguridad  de que ante la posibilidad de sufrir un accidente o imprevisto de cualquier tipo y que cambie considerablemente la situación laboral tener una especie de colchón financiero o fuente alternativa de ingresos mientras se este en periodo de baja laboral o incapacitado temporal o permanentemente.

Normalmente los seguros de accidentes cuentan con las siguientes coberturas:

Fallecimiento o invalidez permanente causado por accidente: Se otorgara cualquier tipo de indemnización pactada anteriormente
Asistencia Sanitaria: En este caso la compañía aseguradora se hará cargo de los gastos médicos hasta un cierto limite establecido en el contrato
Incapacidad temporal: En este caso se asistirá al asegurado con una remuneración diaria o mensual pactada en el acuerdo, mientras dure la incapacidad
Adicionalmente se pueden contratar otras coberturas según la compañía aseguradora que elija, como pueden ser:

Gastos de adaptación de vivienda y automóvil, Repatriación, doble indemnización en caso de accidente de coche y muchas otras coberturas adicionales…

Otro punto importante que hay que tener en cuenta es que generalmente este tipo de seguros solo pueden contratarlo personas con edad comprendida entre los 14 y 65 años, aunque hay compañías aseguradoras que hacen excepciones; además las personas aptas para el seguro de  accidentes tienen que tener un “vida normal” y que sus actividades habituales no sean consideradas de carácter peligro.

Así que por norma general quedan excluidos:

Policías
Bomberos
Pilotos de carreras o aviones
Luchadores
Cazadores
Por ultimo también hay saber que la mayoría de compañías aseguradoras hacen exclusiones en los seguros de accidentes y no ofrecerán cobertura si ocurre algún tipo de percance en los siguientes casos:

Lesiones o accidentes causados por peleas
Accidentes o imprevistos debido al alcohol
Lumbago
consecuencias de algún tipo de enfermedad
En cuyos casos no se recibiría ningún tipo de indemnización.


Los seguros de accidentes tienen como función prevenir un riesgo que se encuentra centrado en la posibilidad de llegar a sufrir algún tipo de menoscabo en la integridad física como producto de un accidente. El seguro cubre algunos tipos de lesión corporal que se produzcan a resultas de un accidente. Cada seguro de accidentes tiene explicitados los riesgos que el seguro de accidentes cubre y por lo tanto quedan delimitadas explícitamente, fundamentalmente las causas, por las cuales se podrá acceder a la prima de accidentes.

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Los beneficiarios del seguro de accidentes pueden ser definidos por la aseguradora; estos beneficiarios recibirán la indemnización que haya sido determinada en el contrato de seguro. En caso de muerte del asegurado y que no existan beneficiarios la indemnización será cobrada por los herederos del fallecido. En los casos en los que a consecuencia de accidente se produzca una invalidez permanente en el asegurado la cantidad de la indemnización está regulada por una escala de porcentajes que determinan el grado de invalidez.

Cuando la incapacidad es temporal el asegurado cobrará una cantidad durante el tiempo en el cual dure la incapacidad. En caso de que quede demostrado que el accidente ha sido provocado la aseguradora queda exenta del cumplimiento de indemnización al asegurado. En determinados seguros de accidente entre la aseguradora y el asegurado se puede pactar que el primero se haga cargo de los gastos médicos derivados del accidente.

Otra de las coberturas más habituales del seguro de accidentes se cifra en que se puede asegurar el riesgo de sufrir una invalidez. En estos casos entre la aseguradora  y asegurado se pacta el pago de una cantidad en caso de que el asegurado sufra invalidez permanente absoluta o total. Las cantidades a percibir en caso de una invalidez de índole parcial se encuentran baremadas conforme a una escala.

Los seguros de enfermedad consisten en la previsión del cobro de una cantidad previamente determinada en caso del que el asegurado contraiga una enfermedad. Normalmente dentro lo asegurado se encuentra también los gastos de asistencia médica y los medicamentos que el enfermo pueda requerir para su curación. El asegurado en los seguros de enfermedad queda protegido de las consecuencias de estados anormales, ya sean estos físicos o espirituales, siempre con el correspondiente diagnóstico médico. La aseguradora, por regla general satisfará una cantidad de dinero por cada día que el asegurado esté enfermo; la mayor parte de los seguros de enfermedad tienen un límite máximo de indemnización y un plazo de carencia en el cual el asegurado no cobra nada.

Espero que te ayude este  articulo, hasta pronto gracias..

Joanna Reyes..

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